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Tribunales de Pakistán y la justicia climática — Nivel B2 — a forest filled with lots of tall green trees

Tribunales de Pakistán y la justicia climáticaCEFR B2

11 ene 2026

Adaptado de Mariam Waqar Khattak, Global Voices CC BY 3.0

Foto de Salsabeel Ehsan, Unsplash

Nivel B2 – Intermedio-alto
7 min
382 palabras

En Pakistán los tribunales han ido construyendo una jurisprudencia de derecho climático, reconociendo un derecho constitucional a un ambiente sano y dictando sentencias emblemáticas. Fallos históricos como Shehla Zia (que interpretó el Artículo 9) y Asghar Leghari, junto con la decisión de la Abbottabad Bench del Peshawar High Court en mayo de 2025, han presionado a las autoridades. El Parlamento reforzó esas garantías mediante la introducción del Artículo 9A en la 26.ª Enmienda Constitucional.

No obstante, expertos e informes muestran límites claros. Un informe del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente publicado en octubre de 2025 concluye que el litigio climático mundial enfrenta obstáculos estructurales, procesales y financieros y depende de una sociedad civil fuerte, una cultura de public interest litigation (PIL) y pericia legal especializada; en Pakistán esos apoyos siguen siendo débiles.

Casos concretos ilustran las dificultades: Muhammad (seudónimo) ha litigado contra la deforestación ilegal casi una década, pagando costos con ayuda de una ONG local y temiendo no poder competir con intereses poderosos. La abogada Abira Ashfaq alerta que la reducción de fondos a las ONG y la falta de apoyo sostenido al PIL impiden que muchas reclamaciones ambientales lleguen a los tribunales. Rafay Alam añade que la formación en derecho ambiental se limita a pocas universidades, lo que concentra la experiencia, y que los jueces conocen leyes como el Khyber Pakhtunkhwa Environmental Protection Act 2014 pero carecen de exposición continua a la ciencia climática y a principios jurídicos en evolución.

También hay retos cuando están implicados bancos multilaterales: aunque las salvaguardias de prestamistas como Asian Development Bank y World Bank pueden ser más detalladas que la ley doméstica, esos bancos tienden a priorizar la aprobación de proyectos y pueden resistir la intervención judicial, limitando la acción de los tribunales. Entre 1986 y 2025, los casos del Sur Global representaron menos del 10% del litigio climático, aunque la proporción está creciendo. Reformadores sostienen que una justicia climática significativa exigirá cambios institucionales: eliminar barreras financieras y estructurales, ampliar la capacidad legal y científica en el poder judicial y garantizar que los tribunales funcionen como un control constitucional efectivo frente a los riesgos climáticos crecientes.

  • Eliminar barreras financieras y estructurales
  • Ampliar capacidad legal y científica en la judicatura
  • Apoyar el trabajo de ONG y el public interest litigation

Palabras difíciles

  • jurisprudenciaconjunto de decisiones de tribunales con autoridad
  • litigioprocedimiento judicial para resolver un conflicto
    litigio climático
  • periciaconocimiento técnico o experiencia especializada
  • salvaguardiamedidas para prevenir daños o riesgos
    salvaguardias
  • enmiendacambio formal introducido en una ley
  • judicaturael conjunto de jueces y la administración judicial

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Preguntas de discusión

  • ¿Qué cambios institucionales del texto te parecen más urgentes para fortalecer la justicia climática en Pakistán? Explica por qué.
  • ¿Cómo podría ayudar la formación en derecho ambiental a mejorar las sentencias relacionadas con el clima? Da ejemplos concretos.
  • ¿Qué papel deberían tener las ONG y el public interest litigation para enfrentar intereses poderosos en casos ambientales?

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